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Unicaja, condenada judicialmente

Unicaja, condenada a devolver a una socia de FACUA 2.000 euros que le fueron sustraídos mediante 'phishing'

El Juzgado de Primera instancia número 9 de Valladolid ha condenado a Unicaja a reembolsar a una socia de FACUA Castilla y León 2.000 euros que le fueron sustraídos mediante phishing; tal y como asegura la asociación de consumidores en nota de prensa.

Añade FACUA en su comunicado que «los hechos ocurrieron en agosto de 2022, cuando María Ángeles G.P. recibió un SMS de Unicaja en su móvil indicando que se había iniciado sesión en su cuenta de banca electrónica, y que se había realizado una transferencia de 2.000 euros. El mensaje también le facilitaba una clave de seguridad que debía introducir en un enlace que le indicaban para evitar que se llevara a cabo».

Explica FACUA que «el SMS, sin embargo, era falso, aunque su apariencia de autenticidad era tal que logró engañar a la afectada, que nunca advirtió que estaba siendo víctima de una estafa. Pero el engaño fue a más. María Ángeles recibió poco después una llamada desde un teléfono que decía ser de Atención al Cliente de Unicaja, pidiéndole las claves de acceso a su banca electrónica para evitar que se llevara a cabo la transferencia, ya que el procedimiento anterior no había funcionado. Ella así lo hizo, sin advertir nuevamente que la llamada era igualmente falsa. Como resultado de ser víctima de este engaño, a la afectada le fueron sustraídos efectivamente 2.000 euros. En cuanto fue consciente de ello, denunció los hechos ante la Policía, lo puso en conocimiento de Unicaja y reclamó la devolución del dinero».

Afirma FACUA que «el banco, sin embargo, hizo oídos sordos a sus constantes reclamaciones, porque lo que María Ángeles terminó acudiendo a FACUA Castilla y León, de la que era socia, para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos. El equipo jurídico de la asociación le recomendó acudir a tribunales para que fuera un juez quien obligar a Unicaja a cumplir con su obligación de reembolsarle el dinero, y le ayudó en la realización de la demanda. Y así fue. La afectada demandó a Unicaja y acudió a la vista sin necesidad de abogado y procurador, ya que la cantidad reclamada eran justo 2.000 euros —el límite para no necesitar de estos profesionales—. En su contestación a la demanda, Unicaja intentó excusarse de su responsabilidad alegando que la sustracción del dinero había sido culpa de la negligencia de María Ángeles, al no haber custodiado con eficacia las claves de acceso a la banca electrónica».

Argumenta también FACUA que «el juez, sin embargo, desestimó las pretensiones de Unicaja al considerar que la actuación de la afectada “no puede calificarse como negligencia grave para exonerar de responsabilidad a la entidad demandada […] existe responsabilidad de Unicaja, como proveedor de los servicios de pago“.

Y es que el artículo 43 del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, señala que “en caso de que se ejecute una operación de pago no autorizada, el proveedor de servicios de pago del ordenante devolverá a éste el importe de la operación no autorizada de inmediato y, en cualquier caso, a más tardar al final del día hábil siguiente o aquel en el que haya observado o se le haya notificado la operación“.

Entre las «pocas excepciones» se encuentra que «el usuario haya actuado de forma negligente», circunstancia que «el juez acreditó que no se había producido en este caso».

Así, el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Valladolid ha condenado a Unicaja “al pago de 2000 euros más el interés legal correspondiente”, al quedar probada su «responsabilidad en el phishing que sufrió María Ángeles. También ha sido condenada al pago de las costas».

Nacho Lopez

Nacido en Albacete. Más de 10 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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