La compañía aseguradora con la que tiene contratada la póliza de responsabilidad civil el Ayuntamiento de Albacete tendrá que indemnizar a una mujer con 2.945,59 euros tras recibir un golpe por una señal de tráfico y realizar una reclamación de responsabilidad patrimonial dirigida al Consistorio albaceteño.
El 6 de octubre de 2021 una mujer presentó reclamación de responsabilidad patrimonial dirigida al Ayuntamiento de Albacete por los hechos ocurridos el 26 de agosto de 2021, alrededor de las 9:35 horas, exponiendo que tanto la reclamante como su compañera sacaron unas cajas de una oficina para depositarlas en el contenedor de reciclaje de la calle Jesús de Nazareno. Mientras metían las cajas en el contenedor un poste de una señal de tráfico, que estaba apoyado en el contenedor, “el cual no se apreciaba, parece ser que con el movimiento, se fue venciendo, golpeándole en la cabeza”.
En cuanto a la valoración del daño personal alegado, la reclamante presenta informe médico pericial en el que se concluye que ha requerido 30 días para la sanidad, correspondiendo 12 días como perjuicio personal particular moderado, 18 días como perjuicio personal particular básico y 2 puntos de secuelas en relación con el perjuicio estético, cuya indemnización asciende a 2.945,59 euros. También solicita el abono de 363 euros correspondiente a la facturación del informe médico pericial aportado. Por lo que el total de la indemnización sería de 3.308,59 euros.
Admitida a trámite la reclamación de responsabilidad patrimonial se determinará si existe responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de Albacete en relación con los hechos relatados dando traslado también de la reclamación formulada a la compañía aseguradora con la que el Consistorio tiene concertada póliza de seguro de responsabilidad civil.
Por su parte, la compañera de trabajo de la reclamante manifiesta que fueron a la oficina a recoger unas cajas de cartón para llevarlas a los contenedores de reciclaje, ésta se encontraba a la derecha de la reclamante introduciendo los cartones, cuando de repente vio caer algo sobre su compañera, “se puso la mano en la cabeza y le empezó a salir sangre”, acto seguido relata que fueron a la oficina y llamaron al 112. Cuando llegó la Policía Nacional la testigo bajó al lugar junto con la Policía y comprobaron que lo que había golpeado a su compañera «era una señal de tráfico que alguien había dejado apoyada en los contenedores».
Policía Nacional encuentra a la joven con restos de sangre por su cara y ropa
Según informe de la Policía Nacional consta que los agentes encuentran a una joven con restos de sangre por su cara y ropa, tiene una prenda presionando la cabeza e indica que está mareada y dolorida. La reclamante y su acompañante les manifiestan que momentos antes cogieron del almacén de su empresa cosas para reciclar y depositar en el contenedor de la calle Parra con calle Jesús de Nazareno, y que cuando estaban echando las cosas en el interior “le ha golpeado fuertemente en la cabeza un poste de los utilizados para la señales viales que estaba apoyado en los contenedores, del que no se percataron”. La reclamante fue trasladada por una ambulancia a urgencias del Hospital General.
Consta en el expediente además informe de la Sección Técnica de Movilidad Urbana, de 7 de enero de 2022, en el que se señala que el poste que provocó los daños es de los que se utilizan habitualmente para la instalación de señales de tráfico, pero que desconocen de dónde se recogió o cómo se llevó el poste al lugar de los hechos. Del mismo modo, explican que el golpe en la cabeza de la reclamante se produce por el mástil de una señal vertical de tráfico incorrectamente colocada entre contenedores, de manera que su existencia no es previsible, generando un riesgo para los viandantes con el que «no tienen por qué contar». Así, concurre, desgrana el mismo expediente, “una evidente y sustancial falta de vigilancia del Ayuntamiento de Albacete a la hora de retirar de la vía pública este tipo de elementos deteriorados”.
Estimación parcial de la reclamación
Sobre la indemnización solicitada la reclamante presenta informe médico pericial, donde se cuantifican los daños personales con arreglo al baremo de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema de valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. En cuanto a los gastos de elaboración del informe pericial por importe de 363 euros, señalan en el expediente, “no pueden, en principio, considerarse como un perjuicio resarcible encuadrable en el ámbito de la responsabilidad patrimonial, pues la carga de la prueba de los presupuestos que hacen nacer la responsabilidad indemnizatoria, salvo los supuestos de fuerza mayor o culpa de la víctima, que corresponde probar a la Administración, recae en quien la reclama”, siendo la reclamante la que ha de aportar los medios de prueba.
La Junta de Gobierno Local acordó estimar parcialmente la reclamación presentada al ser exigible a la Administración Municipal la responsabilidad aducida por la solicitante y consiguientemente la obligatoriedad del pago de 2.945,59 euros.