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Condenado en Albacete por agredir sexualmente a su ex pareja

Sentencia de la Audiencia Provincial de Albacete

La Audiencia Provincial de Albacete ha condenado a un hombre como autor de un delito de agresión sexual a 3 años y 1 día de prisión, así como la prohibición de acercarse a menos de 1.000 metros de la víctima de su domicilio, lugar de trabajo o lugares que la misma frecuente o en los que se encuentre y de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento, directamente o a través de terceros, por un tiempo superior en tres años a la pena de prisión impuesta. Además la Sala impone al condenado la medida de libertad vigilada durante 3 años, la cual se ejecutará tras el cumplimiento de la pena de prisión impuesta. 

La Sala ha condenado al mismo hombre como autor de un delito de lesiones en el ámbito familiar a 9 meses y 1 día de prisión, así como la prohibición del derecho a la tenencia y porte de armas durante un año, seis meses y un día y la prohibición de aproximarse a la víctima y a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro en que se encuentre o sea frecuentado por ella a una distancia inferior a 1.000 metros y comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento directamente o a través de terceros, por tres años.

Condenado además como autor de un delito de amenazas en el ámbito familiar a 6 meses de prisión así como la prohibición del derecho a la tenencia y porte de armas por un año y un día, y prohibición de aproximarse a la mujer y a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro en que se encuentre o sea frecuentado por ésta a una distancia inferior a 1.000 metros, y comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento, directamente o a través de terceros, por tres años.

Palacio de la Justicia Albacete

Como autor de un delito leve de injurias y/o vejaciones injustas la Audiencia Provincial de Albacete lo ha condenado a una multa de 360 euros así como la prohibición de aproximarse a la víctima y a su domicilio a una distancia inferior a 1.000 metros, a su lugar de trabajo o a cualquier lugar en que se encuentre o sea frecuentado por ésta, y comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento, directamente o a través de terceros, por un periodo de 2 meses.

Llevándose a cabo el control el cumplimiento de la pena accesoria de prohibición de aproximación mediante dispositivo telemático en aquellos periodos de cumplimiento que el acusado no esté ingresado en un centro penitenciario, cita la sentencia. 

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. 

El procesado aprovechó para “abordar» a su ex pareja en la puerta de su vivienda en Albacete

La sentencia de la Sala, a la que ha tenido acceso El Digital de Albacete, señala en sus hechos probados que el procesado, de 32 años y de nacionalidad española, sobre las 09:00 horas del 27 de octubre de 2019 accedió al interior del edificio de su ex pareja sentimental de la localidad de Albacete, con la que había mantenido una relación de algo más de un año. El procesado esperó hasta que a las 09:30 horas su ex salió de su vivienda, momento que aprovechó para “abordarla en la puerta y agarrarla fuertemente del cuello, a la vez que la fue empujando hacia el interior de la vivienda, mientras que le gritaba: “Puta, ¿dónde has estado toda la noche? que has estado follando, porque en casa no has estado, que en el garaje no estaba tu coche”, conduciéndola hasta su dormitorio, hasta donde la “empujó”, golpeándose en la cabeza y cayendo a la cama. Sigue detallando la sentencia que el procesado le quitó el bolso y se apoderó de los dos teléfonos que llevaba. 

Acto seguido el procesado la «desnudó de cintura para abajo, para lo cual la sujetaba con una mano, mientras que con la otra” le quitaba la ropa», la mujer le dijo que «tenía el periodo, el acusado tocó con la mano en la zona vaginal comprobando que sangraba»; del mismo modo, el acusado se quitó la ropa cintura para abajo mientras “esgrimía una pequeña navaja» y le decía “voy a violarte” “como te muevas de ahí te mato”, momento en el que la mujer le dijo “si eres más hombre violándome, pues hazlo”, ante lo cual el procesado cesó y se fue a la cocina a beber una cerveza, esgrime la sentencia. 

La mujer envió un whastapp «pidiendo socorro»

La mujer entre tanto recuperó uno de los teléfonos que le había cogido el acusado, que «sobresalía de uno de los bolsillos del pantalón», se metió en el cuarto de baño cerrando la puerta y envió un whatsapp a su madre “pidiendo socorro”; cita la sentencia que acto seguido el acusado comenzó a golpear la puerta y ante el miedo de la mujer de que la tirara «la abrió y le propinó golpes por todas las partes de su cuerpo”, no deponiendo tal comportamiento hasta que oyó que el padre de su ex pareja abría la puerta de la vivienda, momento en que el acusado “huyó del lugar llevándose con él el teléfono móvil de su ex pareja, del cual estuvo viendo las conversaciones ya que conocía la contraseña”. La mujer no recuperó ese móvil.

A consecuencia de estos hechos, desgrana la sentencia, la mujer sufrió lesiones en diferentes partes del cuerpo, sin que hayan quedado secuelas. 

El procesado envió a su ex pareja diversos mensajes

Con posterioridad a estos hechos, desgana la misma sentencia, el procesado envió desde su móvil al teléfono del trabajo de la mujer diversos mensajes a través de WhatsApp en los que le decía: «puta», “calaña y zorra», “como venga alguien a mi casa verás», «mato», “tú y yo no tenemos más que hablar mentirosa judas”, habiendo sido habitual que el procesado profiriera tales expresiones injuriosas a su ex pareja sentimental durante la relación como a través de whatsapp una vez que cesó la misma entre ambos”.

La perjudicada reclama la indemnización que pudiera corresponderle por estos hechos. 

Juzgados Albacete

Medida cautelar de alejamiento

En virtud de auto, dictado por el Juzgado de Violencia Sobre la Mujer de Albacete, se adoptó medida cautelar de alejamiento prohibiendo al procesado aproximarse y comunicarse con la perjudicada, habiendo acordado que dicha medida cautelar fuera controlada por el sistema de seguimiento por medios telemáticos de las medidas de alejamiento en materia de violencia de género, concluye la sentencia. 

Llanos Esmeralda Garcia

Periodista natural de Albacete. Licenciada en Periodismo en la Universidad de Murcia y Diplomada en Trabajo Social por la Universidad de Murcia. Más de 10 años de experiencia en medios de comunicación, como La Verdad, CNC y El Pueblo de Albacete.
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