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El Ayuntamiento culpa a la empresa de la caída de un hombre en una calle en obras en Albacete

El Ayuntamiento de Albacete acuerda desestimar la reclamación presentada al no existir responsabilidad municipal y no haberse producido los daños por orden directa de la Administración

La reclamación de responsabilidad patrimonial de un hombre interpuesta al Ayuntamiento de Albacete por daños personales y materiales tras una caída en una zona de obras en la vía pública ha sido desestimada por el propio Consistorio. 

El reclamante sufrió una caída en la calle Arquitecto Vandelvira de Albacete

Los hechos tuvieron lugar en junio de 2020 cuando el reclamante, sobre las 18:15 horas, sufrió una caída a la altura del número 4 de la calle Arquitecto Vandelvira de Albacete, tras hacer unas gestiones en una inmobiliaria. La caída se produjo a consecuencia de un “agujero” que, por lo que pudo ver después el reclamante, “estaba tapado perfectamente con arena”.  

En cuanto a la valoración de los daños personales el reclamante solicita una indemnización de 7.107,20 euros. Y en relación con los materiales, presenta factura de óptica por importe de 450 euros y además solicita el pago de los gastos médicos (ortopedia), presentando factura de 200 euros. Lo que asciende todo a un total de 7.757,20 euros.

Ayuntamiento Albacete
Ayuntamiento de Albacete

El Ayuntamiento de Albacete estudia los hechos

La reclamación de responsabilidad patrimonial fue admitida a trámite y se ordenó la instrucción del procedimiento para determinar si existe responsabilidad patrimonial por parte del Ayuntamiento en relación a dichos hechos; además de dar traslado de la reclamación formulada a la compañía aseguradora, con la que el Ayuntamiento tiene concertada póliza de seguro de responsabilidad civil.

En el expediente consta informe de la Policía Local en el que se indica que el reclamante “había sufrido una caída por un desperfecto en la calle Arquitecto Vandelvira, 4, que se encontraba en obras”, habiendo sufrido “daños en la mano izquierda, herida leve en la barbilla, fuerte dolor en las piernas y, además, debido a la caída, se le rompieron las gafas”. 

En el lugar donde se produjo la caída se estaban realizando las obras de ‘Remodelación de la calle Arquitecto Vandelvira. Fase I’

Un informe del Servicio de Infraestructuras, de junio de 2021, indica que en el citado lugar donde se produjo la supuesta caída se estaban realizando las obras de ‘Remodelación de la calle Arquitecto Vandelvira. Fase I’ que incluían el tramo ubicado entre calle Blasco de Garay y Paseo Simón Abril. Los supuestos daños se produjeron en la calle Arquitecto Vandelvira, 4, lugar ubicado en el ámbito de la obra. Dicho proyecto fue aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local el 21 de febrero de 2019. Las obras fueron ejecutadas por la mercantil PAVASAL EMPRESA CONSTRUCTORA, S.A. como adjudicataria de las mismas. Dichas obras se iniciaron el 24 de febrero de 2020 y con un plazo de ejecución de 4 meses. Tal y como establece la Cláusula 42 (Responsabilidad del contratista por daños y perjuicios) del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del contrato: “Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato”.  Por tanto, cita dicho informe, el día que se produjo la supuesta caída (12 de junio de 2020), “la obra estaba en ejecución, siendo el contratista el responsable de los daños”. 

Así especifica el expediente que según informe del Servicio de Infraestructuras, la ejecución de las obras corresponde a la mercantil PAVASAL EMPRESA CONSTRUCTORA, S.A., por lo que la misma “resultaría directamente responsable, en todo caso, de los daños reclamados”, a tenor de lo establecido la cláusula 42 del pliego de cláusulas administrativas particulares, referente a la responsabilidad del concesionario. 

Por ello, cita el expediente, hay que tener en cuenta la regla general de responsabilidad del contratista por los daños y perjuicios causados a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato, “donde la responsabilidad de la Administración solo se impone cuando los daños deriven de manera inmediata y directa de una orden de la Administración. Se modula así la responsabilidad de la Administración debido a la intervención del contratista, que interfiere en la relación de causalidad de manera determinante, exonerando a la Administración, por ser atribuible el daño a la conducta y actuación directa del contratista en la ejecución del contrato bajo su responsabilidad, afectando con ello a la relación de causalidad”. 

El pliego de cláusulas administrativas particulares rector del contrato de obras, referente a la responsabilidad del contratista, establece: “Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Entidad Local, será esta responsable dentro de los límites señalados en las Leyes”.

Ayuntamiento de Albacete
Ayuntamiento de Albacete

El artículo 196 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, cita el expediente que determina:” Será obligación del contratista, indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato”.

El Ayuntamiento de Albacete desestima la reclamación

En base a todo ello, la Junta de Gobierno Local acuerda desestimar la reclamación presentada por el reclamante al no existir responsabilidad municipal y no haberse producido los daños por orden directa de la Administración. Declara así la Junta de Gobierno Local la responsabilidad a dicha empresa encargada de la ejecución del contrato de obras de remodelación de la calle Arquitecto Vandelvira – Fase I -, de conformidad con lo establecido en el artículo 196 de Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. 

Llanos Esmeralda Garcia

Periodista natural de Albacete. Licenciada en Periodismo en la Universidad de Murcia y Diplomada en Trabajo Social por la Universidad de Murcia. Más de 10 años de experiencia en medios de comunicación, como La Verdad, CNC y El Pueblo de Albacete.
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