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Condenan al SESCAM tras la muerte de un hombre en Albacete por un retraso en el diagnóstico y tratamiento de un cáncer

Un Juzgado de Albacete condena al SESCAM a indemnizar la muerte de un paciente por un retraso diagnóstico y tratamiento de un sarcoma

La Asociación el Defensor del Paciente informa que con fecha 11 de enero de 2022 se ha notificado sentencia de 30 de diciembre de 2021 por la que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº2 de Albacete condena al SESCAM y a su aseguradora a indemnizar con cerca de 80.000 euros la muerte de un paciente. El abogado del procedimiento ha sido Ignacio Martínez de los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’.

UN TUMOR QUE CRECÍA Y CRECÍA EN UN HOMBRE DE ALBACETE SIN QUE NADIE HICIERA NADA

Los hechos denunciados son de 2016 e implican a profesionales del C.S. de Fuentealbilla y del Hospital General de Albacete, y en síntesis se corresponden con un retraso de diagnóstico y tratamiento de cáncer con resultado de muerte. Así lo detalla la Asociación El Defensor del Paciente que explica que el paciente en cuestión, de 73 años y vecino de Fuentealbilla (Albacete), fue visto el 13/6/16 en consulta por su médico de cabecera por tumoración sólida en el glúteo, siendo que poco antes se le había hecho una ecografía en la que el radiólogo propuso “…valorar evolución y exéresis si procede”. Se decidió actitud expectante. Un año después, el 23 de junio de 2017, el tumor había crecido a 5-6 cm, y a pesar de ello el paciente no fue derivado urgentemente para la realización de pruebas diagnósticas de lo que era un sarcoma. Tampoco se hizo el 3/8/17, cuando otra médico interconsultó con traumatología por “MASA LOCALIZADA”. Por desgracia, ningún médico le dio la debida importancia a un tumor que seguía creciendo, hasta que alcanzó un tamaño de 20 x 20 cm el 17/11/17, momento en el que se activaron las alarmas cuando ya era demasiado tarde. A pesar de la asistencia recibida tras el diagnóstico, el paciente murió el 1 de agosto de 2018 de cáncer.

Hospital General Universitario de Albacete
Hospital General Universitario de Albacete

UN RETRASO EVIDENTE E INJUSTIFICADO EN EL TRATAMIENTO DE ESTE PACIENTE DE ALBACETE

Por estos hechos la viuda y tres hijas del finado acudieron a la ASOCIACIÓN ‘EL DEFENSOR DEL PACIENTE’, quien derivó el caso al letrado especialista Ignacio Martínez. Tras el estudio pericial se concluyó un evidente e injustificado retraso en el diagnóstico y tratamiento del sarcoma. Por ello se interpuso reclamación patrimonial y posterior demanda contra el SESCAM, “quien declinó su responsabilidad básicamente alegando que fue el paciente quien se negó a realizarse pruebas diagnósticas, falsedad que resultó muy dolorosa para la familia”, señalan desde la asociación El Defensor del Paciente.

Ciudad de la Justicia de Albacete
Ciudad de la Justicia de Albacete

LA SENTENCIA, CONTUNDENTE

Ahora la sentencia estima parcialmente la demanda y desmonta los argumentos del SESCAM:

“…Resulta por tanto notorio que el criterio de negligencia que se imputa a la actuación del médico de atención primaria que atendió al difunto consiste en haber omitido la derivación preferente para que se examinara la relevancia oncológica del hallazgo de crecimiento del bulto en base a los datos apreciados a fecha de 23 de junio de 2017, sin que en ese momento ni en fecha 3 de agosto de ese mismo año se optara por proceder a verificar tal conducta, sino que se decidió realizar una derivación ordinaria a los servicios de cirugía y traumatología”.

“…Teniendo en cuenta los medios probatorios apuntados, debe concluirse como acreditado la existencia de la infracción de la “lex artis” por parte de los profesionales que atendieron al actor en la atención primaria determinante de un retraso en el diagnóstico…”.

“…Conducta renuente del paciente. En este punto se pone de manifiesto por la partes la relevancia de la autonomía del paciente como fuente de la decisión de no someterse a pruebas diagnósticas, pero es lo cierto que en el concreto momento temporal en el que tiene lugar la atribución de la infracción de la “lex artis” no existe ningún acto renuente, sino que lo que ha existido es una aceptación de la no investigación y mantenimiento de una actitud expectante, de modo colegiado con el médico de atención primaria, respecto a los resultados de la primera ecografía. Pero es que en ese momento no existía indicios que apuntaran a la malignidad, de manera que la decisión resulta neutra desde la perspectiva aquí analizada. Es con ocasión de la apreciación del crecimiento del bulto en junio de 2017 cuando el paciente sigue el criterio del médico de atención primaria, sin que por parte del mismo se aconseja ninguna actuación médica distinta a la hora de entender que la conducta del paciente haya podido ni ocasionar el error en la valoración ni mucho menos generar ningún tipo de retraso en la detección del sarcoma”.

«SE HA DESMONTADO UNA FALSEDAD»

En cuanto a la cuantía de la indemnización, la sentencia reduce la reclamada en la demanda en atención a la pérdida de oportunidad terapéutica, cosa con lo que la familia no está de acuerdo, pues el hecho es que el paciente estadísticamente tenía un buen pronóstico oncológico que se concretaba en una 62% de probabilidad de supervivencia de haber sido bien atendido según recoge la propia sentencia, y acabó muriendo; y si no se sabe si hubiera superado su enfermedad, es precisamente porque se actuó contra la lex artis. En cualquier caso, para la familia, señala a Asociación, lo más importante era que se constatara la negligencia médica -y que en lo posible esto sirva para que no se repita-, y sobre todo “que se desmontase la falsedad de que fue su marido y padre el responsable de lo ocurrido como se negase a hacerse pruebas, pues la realidad es que siempre siguió el criterio de los médicos de la sanidad pública en los que confió”, concluyen desde la Asociación Defensor del Paciente.

Llanos Esmeralda Garcia

Periodista natural de Albacete. Licenciada en Periodismo en la Universidad de Murcia y Diplomada en Trabajo Social por la Universidad de Murcia. Más de 10 años de experiencia en medios de comunicación, como La Verdad, CNC y El Pueblo de Albacete.
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