El Ayuntamiento de Albacete ha desestimado una reclamación de responsabilidad patrimonial interpuesta al Consistorio albaceteño reclamando daños personales por una caída en la calle Francisco Javier de Moya de la capital, ubicada en el barrio del Hospital.
Caída en la calle Francisco Javier de Moya de Albacete
Según la reclamación presentada al Ayuntamiento de Albacete, a la que ha tenido acceso El Digital de Albacete la reclamante detalla que los hechos ocurrieron en diciembre de 2020 en la calle Francisco Javier de Moya de la capital. Así, relata la demandante que tras sufrir un accidente a causa de unas baldosas que, señala, estaban levantadas, cae al suelo dándose en el brazo izquierdo, con el cual no puede hacer movimientos.
Hechos que corrobora la hija de la reclamante añadiendo que, sobre las 12.00 horas, iban caminando por su calle, y al llegar a la parada de autobús a consecuencia de que los ladrillos se encuentran sueltos, su madre, tropezó con unos que estaban levantados, cayendo y golpeándose en el hombro izquierdo con una señal.
La reclamante solicita una indemnización de 7.564,89 euros, tras presentar informe médico pericial.
El Ayuntamiento de Albacete pidió informes
Tras la recepción de la demanda el Ayuntamiento de Albacete solicitó los informes preceptivos y dio traslado de la reclamación a la compañía aseguradora, con la que este Ayuntamiento tiene concertada póliza de seguro de responsabilidad civil.
La reclamación de responsabilidad patrimonial fue admitida a trámite y se ordenó la instrucción del procedimiento para determinar si existe responsabilidad patrimonial por parte del Ayuntamiento en relación a dichos hechos.
Existe un pequeño desnivel en la acera
En este caso, según informe del Servicio de Infraestructuras y Movilidad Urbana en abril de 2021 especifica que en el citado lugar existe un pequeño desnivel en la acera, dándose órdenes para su reparación por parte de este servicio a la empresa PAVASAL EMPRESA CONSTRUCTORA, S.A. adjudicataria del Contrato de Servicio de Mantenimiento de Vías Públicas (Reposición de Pavimentos) del Ayuntamiento de Albacete, para su reparación el día 21 de junio de 2021.
Es más, matiza dicho informe que la anomalía del acerado presentaba un desnivel máximo de 1 cm, por lo que la irregularidad no puede considerarse con relevancia suficiente para entender existente la requerida relación de causalidad.
El Ayuntamiento de Albacete señala que la reclamante ha de ser consciente de los riesgos de transitar por una vía urbana
El expediente detalla que no solo ha de pedirse al Ayuntamiento de Albacete que despliegue la adecuada diligencia en términos de estándar de funcionamiento razonable, ya que también la reclamante, cita, ha de ser consciente de los riesgos inherentes al hecho de transitar por una vía urbana, en la que es imposible que las mismas carezcan de cualquier irregularidad y debe adoptar aquellas precauciones que sean proporcionadas a sus circunstancias personales, a las condiciones visibles o conocidas de la vía y a los posibles riesgos adicionales que asume al transitar por una zona en vez de por otras, o bien ir acompañada o caminar sola.
No la indemnizará
En base a todo ello, la Junta de Gobierno Local acuerda desestimar dicha reclamación al no quedar probado la relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público de conservación y pavimentación de las vías públicas que corresponde al Ayuntamiento de Albacete y la lesión producida.