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El Ayuntamiento de Albacete señala a varias empresas para indemnizar a vecinos tras caídas en la calle

El Ayuntamiento de Albacete ha desestimado hasta tres reclamaciones de responsabilidad patrimonial interpuestas al Consistorio albaceteño reclamando daños personales por caídas en la vía pública

El Ayuntamiento de Albacete ha desestimado hasta tres reclamaciones de responsabilidad patrimonial interpuestas al Consistorio albaceteño reclamando daños personales por caídas en la vía pública.

Calle Concepción

Así, en el primero de los casos una mujer reclamaba al Consistorio albaceteño daños personales ocasionados en marzo de 2018 cuando, sobre las 06.15 horas, cuando iba andando y conversando con varios amigos por la calle Concepción de Albacete, se coló en el hueco de una arqueta, “que se encontraba descubierta”. 

Dicha mujer solicitaba una indemnización de 6.975,62 euros, tras presentar informe médico pericial.

La reclamación de responsabilidad patrimonial fue admitida a trámite y se ordenó la instrucción del procedimiento para determinar si existe responsabilidad patrimonial por parte del Ayuntamiento en relación a dichos hechos.

En este caso, señala el expediente que la caída de la reclamante consta en un informe de la Policía Local; es más el informe emitido por el Servicio de Infraestructuras y Movilidad Urbana, detalla que la mercantil es la responsable del mantenimiento de las redes de abastecimiento y saneamiento y de sus elementos accesorios, por lo que la misma resultaría directamente responsable, en todo caso, de los daños reclamados a tenor de lo establecido en el artículo 44, del pliego de cláusulas administrativas particulares, referente a la responsabilidad del concesionario. 

Así, la Junta de Gobierno Local desestima la reclamación al asegurar que no existe relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y el daño producido. En todo caso, declara la responsabilidad a la empresa, Aguas de Albacete, como adjudicataria del contrato de gestión de servicio público de captación, distribución y suministro domiciliario de agua potable, evacuación y tratamiento de aguas residuales y expedición y cobro de los recibos por prestación de estos servicios y por el de recogida de residuos del Ayuntamiento de Albacete, en el que se incluye también el mantenimiento de las redes de abastecimiento, saneamiento y de sus elementos accesorios, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, en vigor por Disposición Transitoria Primera de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. 

Caída en Arquitecto Vandelvira

En el segundo de los casos, un hombre reclama al Ayuntamiento de Albacete indemnización por daños personales por caída en zona de obras en la vía pública. 

Los hechos, señala el reclamante, ocurrieron en noviembre de 2020 en la calle Arquitecto Vandelvira cuando, debido a las obras de dicha calle, había un saco de arena en la misma acera obstaculizando el paso. A consecuencia de ello, el pie se le “enganchó en el asa de dicho saco, que me produjo una caída con un fuerte golpe en la cabeza”. 

La reclamación de responsabilidad patrimonial fue admitida a trámite y en el expediente consta informe de la Policía Local en el que se detalla que los agentes fueron requeridos por la sala de control debido a la caída de una persona en la vía pública producida por un saco de obra en mitad de la acera y la persona afectada tuvo que ser atendida por los sanitarios, siendo trasladada al centro sanitario. Los agentes hablaron con el encargado de la obra «al que se le informó de lo sucedido y se le dijo que despejara todos los elementos que entorpecieran la circulación de la acera y la vía». 

El expediente detalla que en el citado lugar se estaban realizando las obras de ‘Remodelación de la calle Arquitecto Vandelvira. Fase II’, que incluían el tramo ubicado entre calle Blasco de Garay y plaza Pablo Picasso. 

Así, en el expediente consta que según el informe emitido por el Servicio de Infraestructuras la ejecución de las obras corresponde a la mercantil por lo que la misma resultaría directamente responsable, en todo caso, de los daños reclamados a tenor de lo establecido la cláusula 42 del pliego de cláusulas administrativas particulares, referente a la responsabilidad del concesionario. 

La Junta de Gobierno Local desestima la reclamación presentada al no existir relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y el daño producido; declarando la responsabilidad a la empresa, con domicilio en Madrid, encargada de la ejecución del contrato de obras de remodelación de la calle Arquitecto Vandelviera – Fase 2 -, de conformidad con lo establecido en el artículo 196 de Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. 

Caída en calle Pablo Picasso

En el tercero de los casos, una mujer reclama al Ayuntamiento de Albacete daños personales por caída en zona de obras en la vía pública. 

Así, expone que en noviembre de 2020, sobre las 09.15 horas, la mujer, de 82 años, caminaba por la calle Pablo Picasso con plaza Francisco Pizarro de Albacete “estando la calzada con el asfalto anterior levantado y en espera de asfaltar de nuevo este tramo de calle”. Incide la reclamante que «por la zona donde debían pasar los peatones, se encontraba una tapa de alcantarillado situada en dicha intersección sin que estuviera debidamente señalizado que sobresalía del suelo”, cosa que no vio, provocando que tropezara con dicha tapa de alcantarilla y cayera al suelo. 

En cuanto a la valoración de los daños materiales presenta factura de óptica de 1.000 euros. 

La reclamación de responsabilidad patrimonial fue admitida a trámite y se ordenó la instrucción del procedimiento para determinar si existe responsabilidad patrimonial por parte del Ayuntamiento en relación a dichos hechos. 

En el expediente se hace constar informe de la Policía Local que hace referencia a la incidencia particular de la reclamante así como del Servicio de Infraestructuras en el que se detalla que en el citado lugar se estaban realizando las obras de ‘Remodelación de la calle Arquitecto Vandelvira. Fase II’, que incluían el tramo ubicado entre calle Blasco de Garay y plaza Pablo Picasso. 

El expediente detalla que según el informe emitido por el Servicio de Infraestructuras la ejecución de las obras corresponde a la mercantil, por lo que la misma resultaría directamente responsable, en todo caso, de los daños reclamados, a tenor de lo establecido la cláusula 42 del pliego de cláusulas administrativas particulares, referente a la responsabilidad del concesionario. 

La Junta de Gobierno Local desestima la reclamación, cita, al no existir relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y el daño producido; declarando la responsabilidad a la empresa, con domicilio en Madrid, encargada de la ejecución del contrato de obras de remodelación de la calle Arquitecto Vandelviera – Fase 2 -, de conformidad con lo establecido en el artículo 196 de Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. 

Llanos Esmeralda Garcia

Periodista natural de Albacete. Licenciada en Periodismo en la Universidad de Murcia y Diplomada en Trabajo Social por la Universidad de Murcia. Más de 10 años de experiencia en medios de comunicación, como La Verdad, CNC y El Pueblo de Albacete.
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