El Juzgado de lo Penal número 1 de Albacete ha dictado sentencia para cuatro hombres por delitos de detención ilegal, amenazas y tenencia de armas sin permiso. Para el primero de ellos la Sala le ha condenado a una multa de 240 euros por dos faltas de amenazas; por tres delitos de amenazas a 16 meses de cárcel así como a la prohibición de aproximación a las víctimas a una distancia inferior a 300 metros, a cualquier lugar donde se encuentren, así como a acercarse a su domicilio, a su lugar de trabajo y a cualquier otro que sea frecuentado por ellos durante tres años, y la prohibición de comunicación con las víctimas que le impida establecer con ellas por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual, durante tres años; además como autor de un delito de tenencia ilícita de arma corta reglamentada 13 meses de prisión y privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante cuatro años y 13 meses. Además, esta misma persona ha sido condenada por dos delitos de coacciones a 22 meses de prisión junto al segundo acusado; así como a la prohibición de aproximación a las víctimas de forma que les impida acercarse a una distancia inferior a 300 metros, a cualquier lugar donde se encuentren, así como a acercarse a su domicilio, a su lugar de trabajo y a cualquier otro que sea frecuentado por ellos durante 3 años y la prohibición de comunicación con las víctimas que le impida establecer con ellas por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual, durante 3 años también y al pago de las costas.
La Sala ha absuelto al tercer hombre de los tres delitos de amenazas en concurso ideal y de los tres delitos de detención ilegal por los que se le acusaba. Al cuarto hombre se le ha absuelto del delito de tenencia ilícita de armas por el que se le acusaba.
Por otro lado, al primer acusado se le ha absuelto de los tres delitos de detención ilegal en concurso ideal; así como al segundo de los tres delitos de amenazas en concurso ideal y de los tres delitos de detención ilegal en concurso ideal por los que se le acusaba.
Hechos probados
La sentencia de la Sala, a la que ha tenido acceso El Digital de Albacete, considera probado que el 26 de marzo de 2011 en la sede de Radio Taxi en Albacete, donde trabajaban todos los acusados como taxistas. Uno de ellos exigió a un miembro de la Junta Directiva la entrega de los datos personales de un cliente de Chinchilla, autor de una llamada fallida de taxi diciendo que iba a matar a éste. El miembro de la directiva se negó y el acusado, en presencia de otro directivo, les amenazó diciendo: “Os tengo que matar a toda la directiva, sois unos mierdas, os creéis que esto es vuestro”.
Al día siguiente dos directivos de Radio Taxi pidieron a otro de los acusados que calmara los ánimos exaltados del primero que, por contra, volvió a amenazar a dos miembros de la directiva, llamándoles por teléfono y advirtiéndoles: “os tengo que matar, os voy a hacer rebanadas, tengo un cuchillo y una pistola, las voy a tener que emplear”. Acto seguido, el primer acusado se concertó con otros dos de los acusados “para escarmentar”, dice la sentencia, a los tres miembros de la directiva a los que antes había amenazado uno de ellos.
Citaron a los tres en la oficina, con la excusa de solventar las discrepancias, y una vez allí, mientras uno vigilaba en la puerta, otro agarraba por el cuello a uno de los de la directiva, diciéndole que le iba a matar, a él y a su familia, y con una pistola de calibre 9 milímetros de la que no tenía licencia, le apuntó a la cabeza.
Ahí se inició un forcejeo entre acusado y víctima para ver quien conseguía el arma quedándosela el primero. Los tres acusados retuvieron en la oficina al directivo de los taxistas, y a otro de los citados, que llegó al lugar durante el forcejeo. La situación duró unos quince o veinte minutos, tras los que el acusado que había usado el arma abandonó el lugar, quedando finalmente libres los directivos.
Este acusado, ese mismo día, entregó el arma a un amigo, cuarto acusado en la causa, para que se la guardara en su oficina, con la finalidad de evitar que fuera localizada en el previsible registro que sufriría por la Policía, cosa a la que accedió voluntariamente, aunque finalmente fue localizada en el taller del último acusado, que tampoco tenía licencia para su uso.