El Juzgado de Instrucción 1 de Albacete, a petición de la Fiscalía, decretaba el sobreseimiento de las diligencias abiertas contra la ONG Asociación España Solidaria por no resultar justificada la perpetración de los delitos contra los derechos de los trabajadores y estafa.
El fiscal remitía informe al Juzgado de que las investigaciones se abrieron por atestado de la Policía Nacional ante «la presunta comisión de ambos delitos en la ONG. Tanto el presidente y representante legal de la asociación, como los seis acusados más negaron en sus declaraciones la comisión de los hechos que se denunciaron».
En relación al delito contra los derechos de los trabajadores, el fiscal detalla que «sobre la base de una posible contratación ilegal de trabajadores, sin haber sido dados de alta en la Seguridad Social y bajo la promesa de posteriormente hacerles un contrato de trabajo, no ha quedado debidamente justificada su comisión. Algunos empleados si tenían contrato de trabajo y otros manifiestan que colaboraban como voluntarios en la Asociación».
Con relación al presunto delito de estafa, sobre la base de que la ONG fuese falsa o el producto de las ventas no fuera destinado a fines sociales, el fiscal especifica que «la Asociación no es falsa ya que figura inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones. Respecto a la posibilidad de que los beneficios obtenidos por la Asociación no fueran destinados a fines sociales, no se ha podido constatar, hay abundante documentación acreditativa de la actividad desarrollada por ONG desde su fundación hasta la actualidad en relación a la ayuda humanitaria prestada por la misma, y también constan declaraciones testificales de personas que han recibido ayuda de la referida ONG».
Finalmente, manifiesta el fiscal, de la situación económica del presidente de la Asociación, «tampoco se ha podido constatar un aumento significativo del mismo en el año 2013 que pudiera acreditar un lucro ilícito».